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LIBROSDirectrices para la Implantacion del Anexo V del MARPOL IA656S | REF.: LDI-4 |
Edicion de 2006 |

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AUTOR: Organizacion Maritima Internacional OMI [Ver más del mismo autor]
TEMA: Organizacion Maritima Internacional OMI [Ver más libros del tema]
RESUMEN DEL LIBRO: Las presentes Directrices tienen por finalidad ayudar a los gobiernos a elaborar y promulgar la legislación nacional que permita poner en vigor e implantar el Anexo V. Ayudar a los armadores a cumplir con lo prescrito en el Anexo V y por la legislación nacional. Y ayudar a los operadores de puertos y terminales a evaluar la necesidad de instalaciones receptoras para las basuras de distintos tipos de buques y proporcionar dichas instalaciones en cantidad suficiente. La parte IV (Basuras) de las Directrices para el establecimiento de instalaciones receptoras , junio de 1978, se modifica e incorpora en la presente publicación a fin de reunir en ella todas las directrices relativas al Anexo V. Las directrices se dividen en siete secciones que constituyen un marco general dentro del cual los gobiernos podrán determinar los programas de enseñanza y formación para la gente de mar, los métodos para reducir la producción de basuras a bordo, los procedimientos de manipulación y almacenamiento de basuras a bordo, el equipo de a bordo para el tratamiento de basuras, el volumen de basuras de los buques entregadas en puerto, y las medidas para asegurar el cumplimiento de las reglas. Dado que las reglas que el Anexo V promueven el establecimiento de sistemas de gestión de desechos en los buques y que éstos varían enormemente en cuanto a tamaño, misión, dotación y medios, las presentes Directrices contienen una serie de opciones para la gestión de desechos que será posible combinar de diversas maneras para facilitar el cumplimiento del Anexo V. El Convenio da las definiciones de los términos usados en las presentes Directrices, que determinan el ámbito de aplicación de las prescripciones del Anexo V. Estas definiciones se han incluido en la sección 1 y en la regla 1 del Anexo V. En primer lugar se consignan las definiciones extraídas directamente del Convenio, y éstas van seguidas de otras definiciones que tienen utilidad para este documento.
PRECIO: 15,00 Euros
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IDIOMA | PAGINAS | AÑO | EDICION | MEDIDAS | ILUSTRACION | ENCUADERNACION | Castellano- | 58- | 2.006- | 2ª- | 15x24- | Sólo texto- | Rustica- |
INDICE DEL LIBRO:
Prefacio.
Introducción y definiciones.
Formación, enseñanza e información.
Modo de reducir al mínimo el volumen de basuras.
Procedimientos de manipulación y almacenamiento de basuras a bordo.
Equipo de a bordo para el tratamiento de basuras.
Instalaciones receptoras de basuras en los puertos.
Modo de asegurar el cumplimiento del Anexo V.
Apéndice 1. Nuevo formulario refundido para notificar supuestas deficiencias portuarias de recepción.
Apéndice 2. Especificación normalizada para incineradores de a bordo.
Anexo A1. Norma relativa a las emisiones de los incineradores de a bordo de hasta 1500 kW.
Anexo A2. Prescripciones sobre prevención de incendios aplicables a los espacios destinados a incineradores y a almacenamiento de desechos.
Anexo A3. Incineradores integrados con una unidad de recuperación de calor.
Anexo A4. Temperatura de los gases de combustión.
Apéndice 3. Directrices para la elaboración de planes de gestión de basuras.
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