RESUMEN DEL LIBRO: DE A BORDO CONTRA LA CONTAMINACION DEL MAR. El Convenio MARPOL 73/78 se enmendó para incluir la regla 26 del Anexo I mencionada supra, como resultado de lo prescrito en el artículo 3 1) a) del Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminación. Dicho Convenio contiene una disposición que exige que determinados buques lleven a bordo un plan de emergencia en caso de contaminación por hidrocarburos. La regla 16 del Anexo II del MARPOL 79/78 establece que todo buque de arqueo bruto igual o superior a 150 toneladas certificado para transportar sustancias nocivas líquidas a granel debe llevar a bordo un plan de emergencia contra la contaminación del mar por sustancias nocivas líquidas aprobado por la Administración. En virtud de las disposiciones del artículo 5 del Convenio MARPOL 1973, todo buque está obligado a poseer un certificado de conformidad con lo dispuesto en las reglas y, mientras se halle en puertos o terminales mar adentro bajo la jurisdicción de una Parte, estará sujeto a inspección por funcionarios debidamente autorizados por esa Parte. En tal sentido, y como parte de dicha inspección se deberá corroborar también si se dispone de un plan de emergencia de a bordo en caso de contaminación por hidrocarburos. En estas Directrices se recoge información para la preparación de planes de emergencia de a bordo en caso de contaminación por hidrocarburos. Los objetivos principales de estas Directrices son: Prestar auxilio a los propietarios de buques en la preparación de planes de emergencia de abordo contra la contaminación del mar de conformidad con las reglas internacionales y prestar asistencia a los Gobiernos en la elaboración y promulgación de la legislación nacional que ponga en vigor e implante las reglas mencionadas. En aras de la uniformidad, se pide a los Gobiernos que se remitan a estas Directrices cuando preparen las oportunas reglas de ámbito nacional.
PRECIO: 16,00 Euros
IDIOMA
PAGINAS
AÑO
EDICION
MEDIDAS
ILUSTRACION
Castellano-
58-
2.003-
2ª-
15x24-
Sólo texto-
INDICE DEL LIBRO:
DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA EN CASO DE CONTAMINACIÓN DEL MAR POR HIDROCARBUROS, ENMENDADA:
Introducción.
Disposiciones obligatorias de la regla 26 del Anexo I del Convenio.
Disposiciones no obligatorias.
DIRECTRICES PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES DE EMERGENCIA CONTRA LA CONTAMINACIÓN DEL MAR POR HIDROCARBUROS O SUSTANCIAS NOCIVAS LÍQUIDAS:
Introducción.
Disposiciones obligatorrias de la regla 26.
Disposiciones facultativas.
APÉNCICE:
Resolución MEPC.54.
Resolución MEPC.86.
MARPOL 73/78.
Resolución MEPC.85.
Anexo II del MARPOL 73.
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